México

Pedro Torres, productor de Televisa, usa chaleco de la PF para entrar en zona restringida de la Condesa

21/09/2017 - 10:13 pm

El uso de insignias y uniformes sin ser un agente, la usurpación de funciones está tipificado como un delito sancionado con cárcel, pues el Código Penal Federal aborda esta conducta en los artículos 250 y 250 bis dentro del Capitulo VII sobre usurpación de funciones públicas o de profesión y uso indebido de condecoraciones, uniformes, grados jerárquicos, divisas, insignias y sigla.

Ciudad de México, 21 de septiembre (SinEmbargo).- El reconocido productor de novelas y reality shows fue fotografiado por Virgilio Pasotti, integrante de la organización La voz de Polanco, en las cercanías del Parque España en donde los voluntarios y rescatistas se concentran por las labores de rescate de personas atrapadas en el edificio de Alvaro Obregón 286.

Virgilio Pasotti, integrante de La Voz de Polanco, dijo en entrevista con SinEmbargo que la imagen del productor Pedro Torres en la que aparece con un chaleco de la Policía Federal fue captada en el Parque España de la colonia Condesa de la Ciudad de México.

El dueño de The Mates Contents y quien ha estado a cargo de transmisiones del Teletón fue detenido por elementos del Ejército mexicano cuando intentaba ingresar a una zona de desastre. Pasotti relató que Torres mostró como autorización un mensaje de texto de Protección Civil. ¿Por qué el Gobierno le da un chaleco oficial en una situación de emergencia? –se preguntó Virgilio Pasotti y calificó el hecho como una expresión de frivolidad en momentos trágicos.

Torres, quien no pertenece a las fuerzas de seguridad, portaba un chaleco de la Policía Federal, y su cámara fotográfica. En la imagen, compartida en las redes sociales, se muestra que no estaba realizando ningún tipo de ayuda en las actividades de rescate, sino platicando con otra persona.

“Pedro Torres charoleando con chalecos de la Policía Federal […], en tanto, vecinos tardaron 6 horas en pasar retén acompañados de un militar, al entrar, se dieron cuenta que sus casas habían sido saqueadas”, indicó el autor de las fotografías que evidencian al productor.

Las instantáneas de inmediato levantaron la indignación en las redes sociales.

“Maldita frivolidad no levanta ni un gramo de frijol, porta chaleco de las fuerzas federales y consigo una camara leíca s de 200 mil pesos”, señaló el usuario @PepeLuigix .

HASTA SEIS AÑOS DE PRISIÓN

El uso de insignias y uniformes sin ser un agente, la usurpación de funciones está tipificado como un delito sancionado con cárcel, pues el Código Penal Federal aborda esta conducta en los artículos 250 y 250 bis dentro del Capitulo VII sobre usurpación de funciones públicas o de profesión y uso indebido de condecoraciones, uniformes, grados jerárquicos, divisas, insignias y sigla.

El artículo 250 dice que se sancionará con prisión de uno a seis años y multa de cien a trescientos días de salario a quien, sin ser funcionario público, se atribuya ese carácter y ejerza alguna de las funciones de tal con objeto de lucrar, se una a profesionistas legalmente autorizados con fines de ejercicio profesional o administre alguna asociación profesional.

También en el articulo 250 I bis, establece que se encarcelará hasta seis años de prisión, más una multa a quien utilice uniformes, balizaje, insignias, credenciales de identificación y divisas con tamaño similar o igual al reglamentario de las fuerzas armadas o de instituciones de seguridad pública, cuando dichas piezas, sin ser copia del original, presenten algunas de las imágenes o elementos de los contenidos en aquellos, resultando con ello objetos o piezas con apariencia similar, confundibles con los emitidos legalmente, con el objeto de hacerse pasar por servidor público, según señala la legislación en la materia

“Para los efectos de este artículo, se entiende por uniformes, insignias, credenciales de identificación, medallas, divisas, balizaje, gafetes, escudos, documentos, adheribles, distintivos o piezas que contengan imágenes siglas u otros elementos utilizados en instituciones de las fuerzas armadas o de seguridad pública o procuración de justicia, los señalados en las disposiciones aplicables de dichas instituciones”, especifica el Código Penal vigente.

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