La Corte de Constitucionalidad ordena a Jimmy Morales permitir el regreso del jefe de CICIG

17/09/2018 - 4:02 am

La confrontación entre el Gobierno de Guatemala y la Cicig se remonta a cuando la Comisión señaló al hijo y al hermano del Presidente Morales (José Manuel Morales Marroquín y Samuel Everardo Morales Cabrera) en un caso de fraude -y lavado de dinero, en el caso del hermano- al Estado en 2013.

Jimmy Morales, Presidente de Guatemala. Foto: EFE

Guatemala, 16 septiembre (EFE).- La Corte de Constitucionalidad ordenó hoy al Presidente guatemalteco, Jimmy Morales, permitir el ingreso al país del jefe de la Comisión Internacional Contra la Impunidad en Guatemala (Cicig), el abogado colombiano Iván Velásquez.

El pleno del máximo tribunal del país, según su Presidenta, Josefina Ochoa, otorgó el amparo provisional promovido por el abogado Alfonso Marroquín que pedía revertir esa prohibición de ingreso al país del jefe de la CICIG.

Morales decidió no renovar el mandato de la Comisión, que vence en septiembre de 2019, por considerar que realiza investigaciones partidarias y también prohibió la entrada a Guatemala de Velásquez por entender que es un peligro para la seguridad nacional.

Las consideraciones del fallo señalan que el acuerdo para la creación de la Cicig, firmado por el Estado de Guatemala y la Organización de las Naciones Unidas en 2006 y aprobado por el Congreso en 2007, “continúa vigente” hasta el 3 de septiembre de 2019, cuando vence la última prórroga solicitada por el propio Morales.

En este sentido, el artículo 12 de este acuerdo indica que cualquier controversia debe resolverse por negociación de las partes o cualquier medio mutuamente convenido y obliga a estas a agotar estas vías para alcanzar soluciones.

“Esta Corte (…) estima que resulta aconsejable el otorgamiento del amparo provisional promovido con el efecto de ordenar al citado funcionario (el Presidente) que agote las negociaciones pertinentes con la Organización de Naciones Unidas por medio del órgano correspondiente”, establece la resolución.

Además, estima “pertinente” otorgar “la protección interina” con el efecto de ordenar a Morales, y a otras autoridades, que por el conducto oficial correspondiente y agotada la negociación “busque alcanzar arreglos entre el Estado que representa y la ONU” para que, en “armonía” se permita el ingreso del jefe de la Cicig.

El fallo también recuerda que las decisiones que emanan de la Corte de Constitucionalidad son “irrecurribles por el fondo y deben ser acatadas”, si no habría responsabilidades legales, una opinión que parece ser un mensaje al presidente, quien dijo que no acataría “órdenes ilegales”.

Las partes serán notificadas lo antes posible de este fallo, que no menciona en ningún momento el nombre del comisionado, porque según la Corte en el acuerdo de creación de este ente auspiciado por la ONU solo se dice “el comisionado o la comisionada”.

La confrontación entre el Gobierno de Guatemala y la Cicig se remonta a cuando la Comisión señaló al hijo y al hermano del Presidente Morales (José Manuel Morales Marroquín y Samuel Everardo Morales Cabrera) en un caso de fraude -y lavado de dinero, en el caso del hermano- al Estado en 2013.

Desde entonces, el Presidente ha intentado, una y otra vez, minar el trabajo y la estancia de la Cicig, la cual, junto al Ministerio Público, ha acusado en dos ocasiones a Morales de haber incurrido en el delito de financiación electoral ilícita durante la campaña de 2015 que lo llevó al poder.

El Tribunal si denegó el amparo provisional a otros recursos presentados contra la decisión de no renovar el mandato de la Comisión, aunque, como este otorgado, deberán seguir su trámite correspondiente.

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