Tijuana, BC, 14 de marzo (SinEmbargo/Zeta).– Sólo en uno de los cinco nuevos procesos penales contra Joaquín Archivaldo Guzmán Loera, "El Chapo", se le enjuicia por delitos contra la salud; en los demás, se le dictó formal prisión por delincuencia organizada. Es decir, el capo no tiene ninguna sentencia condenatoria por narcotráfico, las que se le dictaron en su momento fueron revocadas.
La historia se repite. Tras la detención del hombre más buscado en México, como ocurrió luego de su primera captura en 1993, autoridades ministeriales y judiciales se han dejado sentir con una retahíla de órdenes de aprehensión cumplimentadas, otras pendientes de ejecutar, autos de formal prisión y los infaltables autos de libertad por falta de elementos para procesar.
El llamado hombre más buscado del mundo hasta el 22 de febrero pasado, no tiene en su haber ninguna condena por delitos contra la salud que lo puedan etiquetar como tal, pues de sus únicas tres sentencias condenatorias, ninguna es por ese motivo. Cohecho y asociación delictuosa son sus crímenes hasta hoy.
Nuevamente, al ser detenido y procesado, Guzmán Loera sigue manejando muy bajo el perfil de “narcotraficante”. De sus cinco primeros autos de formal prisión dictados por jueces federales entre el 25 de febrero y el 5 de marzo de 2014, sólo uno es por delitos contra la salud y en cuatro casos se le enjuicia por delincuencia organizada.
El Juez Quinto de Distrito de Procesos Penales Federales le dictó auto de libertad por falta de elementos para procesar por la modalidad de posesión con fines de comercio cocaína; mientras que el Juez Sexto de la misma materia en Jalisco, le encontró como “presunto responsable” en la variante de posesión de semillas de marihuana y amapola, con fines de siembra, cultivo y cosecha.
Otros tres impartidores de justicia, el Tercero de Procesos Penales Federales del Estado de México, el Quinto de la misma demarcación y el Sexto del mismo fuero y materia en Tamaulipas, sólo le han iniciado proceso penal por delincuencia organizada. A diferencia del juez de Jalisco, que le decretó libertad por este ilícito.
En lo que se refiere al juicio de amparo promovido por los abogados de Joaquín Archivaldo Guzmán Loera en contra del Procurador General de la República (PGR), Jesús Murillo Karam; el titular de la Secretaría de Gobernación (Segob), Miguel Ángel Osorio Chong, y otras autoridades por la posible extradición del interno del penal de máxima seguridad del Altiplano, en el Estado de México, el Juez Octavo de Distrito de Procesos Penales Federales en el Distrito Federal le negó la suspensión definitiva del acto reclamado.
Al conocer que no existe la referida orden provisional de detención con fines de extradición contra el sinaloense, la juez Luz María Ortega Tlapa, que inicialmente concedió la suspensión provisional del acto reclamado por el quejoso en el juicio de garantías 200/2014, consideró innecesario prolongar la protección solicitada.
La sentencia del juicio de amparo aún no se ha emitido, pero ante el hecho de que las autoridades señaladas como responsables hayan negado el acto reclamado, el siguiente paso legal es que el caso sea sobreseído en próximos días.
Como se informó en su oportunidad, apenas fue detenido Joaquín Guzmán Loera, sus abogados acudieron ante la justicia federal en busca de un amparo que evite la entrega del ahora preso, al gobierno de Estados Unidos.
Los defensores de “El Chapo” solicitaron a la juez brindar protección constitucional en contra de una posible orden de expulsión, destierro o extradición y su ejecución.
En otra demanda de garantías, Bernarda Guzmán Loera, hermana del interno del penal de máxima seguridad Altiplano, también solicitó el amparo, pero este escrito no fue ratificado cuando se llevó ante la presencia del líder del Cártel de Sinaloa.
No se descarta que ante el sobreseimiento de este juicio, el equipo legal de Guzmán interponga nuevas demandas en contra de la posible extradición, al temer que ésta pudiese ser concedida a la Unión Americana, pese al anuncio del gobierno de México de que primero se juzgará al reo en nuestro país.
AMPARO A "TUNELERO"
Magistrados del Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Penal del Segundo Circuito, anularon la sentencia condenatoria de 11 años tres meses de prisión dictada hace algunos años por un juez de Toluca en contra de Juan Francisco Quintero Arce, presunto cómplice de “El Chapo” Guzmán en la construcción de un narcotúnel en la frontera de Nogales, Sonora.
Al resolver el juicio de amparo directo, los colegiados ordenaron al Cuarto Tribunal Unitario dejar sin efecto la confirmación de la condena impuesta al quejoso por el Juez Primero de Distrito de Procesos Penales Federales en el Estado de México, quien le encontró penalmente responsable en la comisión del delito de delincuencia organizada.
Esta protección le fue otorgada al desestimar las declaraciones de testigos protegidos que sirvieron de base para la acusación contra Quintero Arce. No fueron debidamente valoradas por el juez de la causa, tampoco por el magistrado del tribunal de apelación, por lo que los requisitos a acreditar de las circunstancias de tiempo, modo y lugar, no fueron colmados, dejando al recluso en estado de indefensión.
El túnel que motivó el juicio penal y que era utilizado para el trasiego de drogas, fue descubierto en 2003 en una finca de la calle Fenochio 22, Colonia Centro, en Nogales, Sonora. Tenía acceso a lo largo de muchos metros hasta un domicilio ubicado en la calle West Dunbar Street, en Nogales, Arizona, Estados Unidos.