Ciudad de México, 11 de noviembre (SinEmbargo/Zeta).– Un tribunal federal concedió un amparo al narcotraficante Joaquín “El Chapo” Guzmán Loera y ordenó valorar cada prueba entregada por la Procuraduría General de la República (PGR), ya que la detención del capo en Mazatlan no ocurrió como los marinos declararon.
Tanto los magistrados del Tribunal Colegiado los del Segundo Tribunal Unitario en Sinaloa estimaron que existen violaciones a los derechos fundamentales del capo ya que le acusaron de poseer armas de fuego de uso exclusivo del ejército y posesión de cartuchos también para el uso único de las fuerzas armadas.
Abogados de “El Chapo” Guzmán promovieron el amparo en contra de la formal prisión del 10 de marzo por el Juez Tercero de Distrito de Procesos Penales Federales en el Estado de México, en auxilio del Juzgado Décimo de Distrito de Sinaloa, y la confirmación que el 30 de abril realizó el Primer Tribunal Unitario del estado del noroeste.
Los litigantes señalaron que, al resolver la apelación, el Primer Tribunal Unitario no valoró la totalidad de los agravios planteados con los que se pretende probar que la detención del ex líder del Cártel de Sinaloa fue ilegal fuera de cualquiera de los supuestos de la flagrancia.
Al respecto, se había solicitado al tribunal de apelación que se aplicara la jurisprudencia de la Corte Interamericana, por encima de la mexicana, en virtud de que la primera protege más ampliamente los derechos humanos de los imputados, pero la petición fue ignorada por el resolutor, lo que causa agravio al quejoso, según se reclama.
Al resolverse el juicio de amparo, la magistrada unitaria estimó procedente conceder la protección de la Justicia de la Unión solicitada a favor de Guzmán Loera, para los efectos siguientes: La autoridad responsable deje insubsistente la resolución reclamada (el auto de formal prisión); en su lugar emita otra, en la que se ocupe del estudio completo de los agravios formulados, específicamente los planteamientos hechos por la defensa; se pronuncie sobre el tema del “control de convencionalidad ex oficio” solicitado por la defensa (aunque las partes no lo pidan, oficiosamente los tribunales deben analizar si una ley va o no en contra de una Convención Internacional de Derechos Humanos); y resuelva lo que proceda conforme a derecho sobre los aspectos señalados.
El Ministerio Público de la Federación impugnó la sentencia de amparo que favorece estudiar de nuevo la legalidad en la detención del capo el pasado 22 de febrero, pero los magistrados del Tribunal Colegiado en Materia Penal de Sinaloa confirmaron el fallo para que se reponga el procedimiento y se resuelva nuevamente la apelación.
SEGUIRÁ EN PRISIÓN: PGR
La subprocuradora Jurídica y de Asuntos Internacionales de la PGR, Mariana Benítez Tiburcio, aclaró que el amparo concedido a Joaquín Guzmán Loera, respecto del delito de portación de arma de fuego de uso exclusivo del Ejército, no implica su liberación.
La funcionaria de la Procuraduría General de la República detalló que el presunto criminal aún enfrenta en su contra nueve procesos por diversos delitos, mismos que tendrá que hacer frente ante la autoridad correspondiente.
En entrevista con Notimex, aclaró respecto de este amparo que “en consecuencia el Tribunal Unitario que se pronunció sobre esa apelación, tendrá que volver a revisar el recurso promovido por Joaquín Guzmán Loera y tendrá que pronunciarse sobre todos y cada uno de los argumentos jurídicos que hizo valer”.
Benítez Tiburcio subrayó que la autoridad jurisdiccional correspondiente tendrá que determinar un nuevo fallo respecto de esta causa penal.
Cabe recordar que el Primer Tribunal Unitario del Segundo Circuito de Sinaloa, fue la autoridad que concedió a Guzmán Loera el amparo respecto del delito de portación de arma de fuego de uso exclusivo del Ejército, por lo cual se deberá tomar una nueva determinación.