México, 11 Nov. (Notimex).- La Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) sí atendió la solicitud de Poder Judicial en 2011 en la que la obligaba a dar respuesta a la petición de modificación del título de concesión de Teléfonos de México (Telmex).
“Consideramos que con el oficio que emitió el secretario Dionisio Pérez-Jácome, negando la solicitud de modificación al título por falta de cumplimiento de ciertos requisitos del Acuerdo de Convergencia, sí se atiende la sentencia emitida por el Juzgado de Distrito”, enfatizó el subsecretario de Comunicaciones de la SCT, Héctor Olavarría.
El pasado 7 de noviembre, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó atraer el recurso de inconformidad promovido por la empresa propiedad de Carlos Slim por el supuesto incumplimiento de la SCT a la resolución de un juez.
En declaraciones a los medios, Olavarría puntualizó que no hay un plazo perentorio para que la Corte regrese el expediente al Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa, quien concedió el amparo a la telefónica y determinará si con la negativa de la SCT se dio cumplimiento adecuado a la sentencia.
El subsecretario dijo que el siguiente paso que dé, tanto la SCT como Telmex, dependerá de la resolución del Tribunal, debido a que si el juez decide que la dependencia no cumplió con una sentencia judicial ésta tendría que emitir un nuevo oficio.
En caso de que se ratifique que la secretaría sí atendió la solicitud del juez, Telmex deberá ingresar una nueva solicitud de modificación a su título de concesión con el objetivo de ingresar al mercado de la televisión y con ello completar su oferta de servicios triple play: televisión, Internet y telefonía.
El 27 de mayo de 2011, la SCT negó a Telmex la modificación a su título de concesión, bajo el argumento que la telefónica no ha cumplido con las condiciones establecidas en el Acuerdo de Convergencia publicado en 2006.
Este documento establece que los concesionarios “con restricciones” como Telmex y su filial Telnor, que deseen prestar servicios de televisión restringida, deben obtener opinión favorable de la Cofetel.
El aval requerido se refiere al cumplimiento de obligaciones de interconexión que incluye la celebración de convenios con otros operadores, la implementación de la portabilidad numérica, cumplir con las obligaciones establecidas en su título de concesión y pagado en su caso una contraprestación.