El pleno comparte todos estos criterios y añade que de la incidencia mediática en México de este caso “no puede deducirse afectación alguna de la imparcialidad (…) ni de la efectividad de la garantía de ser sometido a un juicio justo”.
Ciudad de México, 7 de diciembre (SinEmbargo/EFE).- La Audiencia Nacional española sostiene que la repercusión mediática en México del caso de “los Porkys de Costa de Oro” no afecta a la garantía de un juicio justo para Diego Cruz Alonso, el joven detenido en Madrid y reclamado por participar con tres amigos en la violación de una menor en Veracruz en 2015.
Este es uno de los motivos que esgrime la Audiencia Nacional para confirmar la extradición a México de Cruz Alonso, de veintiún años, tras rechazar el recurso de apelación contra la decisión previa de acceder a su entrega, según consta en un auto notificado hoy.
La reunión del pleno – integrado por 19 magistrados – se celebró el pasado viernes y ya ese día fuentes jurídicas consultadas por EFE informaron de que se había decido ratificar la extradición, si bien la resolución no se ha hecho publica hasta hoy.
Una vez notificado este auto, la última decisión sobre la extradición queda en manos del Consejo de Ministros español, que tiene la potestad de dar o no el visto bueno a la entrega.
La sección tercera dio luz verde a la extradición porque el delito por el que se le reclama es de naturaleza común, no se advierte motivación espuria en la demanda, no ha prescrito y no cabe apreciar circunstancias extintivas de la responsabilidad penal, “siendo incuestionable la jurisdicción de México atendido el principio de territorialidad”.
El pleno comparte todos estos criterios y añade que de la incidencia mediática en México de este caso “no puede deducirse afectación alguna de la imparcialidad (…) ni de la efectividad de la garantía de ser sometido a un juicio justo”.
Respecto a la nacionalidad española del reclamado, el tribunal indica que se trata “de una persona que no ha residido en España con carácter previo, que no le une vínculos reales y actuales”, ya que vino “a realizar concretos estudio de grado” por “dos trimestres” y no hay elementos que prueben que tratara de “instalarse” en España.
A esta circunstancia, el pleno añade que el conjunto “de la prueba, la víctima, demás encausados, testigos, y la necesidad de no dividir la continencia de la causa, exigen razonablemente que el enjuiciamiento se materialice en México, y que incluso pueda ser conjunto”.
En cuanto a la situación de las cárceles mexicanas, la Audiencia Nacional defiende que más allá de la “superpoblación penitenciaria o escasez de servicios de vigilancia, no puede concluirse sobre padecimiento de tratos inhumanos o degradantes” y confía en que la “autoridad requirente velará por los derechos del reclamado”
La supuesta agresión a una menor de 17 años ocurrió en enero de 2015 en Veracruz -no se denunció hasta mayo-, y el joven se inscribió en noviembre de ese año en un curso de la Universidad Europea de Madrid, adonde se trasladó en marzo de 2016, lo que para la Fiscalía española supuso una huida de la Justicia mexicana.
Durante la vista de extradición, Cruz Alonso se declaró entre lágrimas “cien por cien inocente” y explicó que el padre de la víctima le extorsionó a él y a los otros tres acusados de la violación en grupo (de familias adineradas) y les obligó a grabar un vídeo disculpándose por una violación que, según él, no cometió.
Pese a ello, la Audiencia Nacional no ha dado “ninguna credibilidad” a la versión exculpatoria del reclamado.
Cruz Alonso, que fue detenido el pasado 10 de junio en Madrid acusado de “pederastia tumultuaria”, es el segundo de los presuntos autores de esta agresión que ha podido ser arrestado, ya que en mayo lo fue en México otro de los sospechosos, Enrique Capitaine.