PRD en el Senado propone reformas a la Ley de Amparo, para que un juicio en esta materia no dure más de 90 días

02/04/2013 - 6:09 pm

Ciudad de México, 2 de abril (SinEmbargo).– Miguel Barbosa Huerta, Coordinador del Partido de la Revolución Democrática (PRD) en el Senado, propuso este día una iniciativa de reforma para que un juicio de amparo no duré más de 90 días en su desahogo.

Ayer el Presidente Enrique Peña Nieto promulgó  la reglamentación de la Ley de Amparo, cuya reforma constitucional fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 6 de junio de 2011 –en el epílogo del calderonismo-, y que debió completarse en octubre de ese año.

El mandatario federal firmó el reglamento con dos años de atraso, pero a la vez, la de Amparo se convirtió en la ley con menos tiempo de promulgación: el Senado la aprobó apenas hace 12 días. Esta legislación es parte de los 95 compromisos contenidos en el Pacto por México.

Al respecto Barbosa propuso nuevas modificaciones a unas horas de que entré en vigor la nueva Ley de Amparo.

"Lo que estamos planteando es que la audiencia constitucional sólo pueda ser diferida hasta por dos ocasiones y por tanto los 30 primeros días para celebrar la primera, a ellos se puedan adicionar 60 días más en la posibilidad de diferir dos veces y poder resolver los juicios de amparo en no más de 90 días, es la forma también para garantizar el acceso a la justicia", explicó el coordinador perredista durante una conferencia de prensa.

Cuestionado sobre la prontitud de la propuesta el legislador del Sol Azteca aseguró que "se quedaron las mismas reglas de sustanciación que hacen posible la eternización del juicio de amparo y lo que pretendemos es que tenga un plazo de resolución no mayor a 90 días."

Barbosa Huerta dijo que  la nueva Ley de Amparo "adolece de procedimientos que permitan que este juicio en cuanto a su sustanciación sea rápida."

"Si permanece las reglas de sustanciación [puede] volverse un procedimiento muy largo, y entonces caer nuevamente en el abuso de la ley, el abuso de quienes promueven un amparo obtiene la suspensión provisional o definitiva que son medidas cautelares para preservar la materia del amparo y eternizarlo", agregó.

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